los bienes jurídicos que no son fundamentales pueden protegerse a través de otros mecanismos jurídicos o extrajurídicos. Esta característica se conoce como subsidiaridad del derecho penal y se explica por los altos niveles de violencia implícitos en el poder punitivo
b2228336128has quoted7 years ago
Bustos Ramírez y Hormazábal Malarée han sostenido que el dolo eventual es culpa, con un elemento subjetivo agravatorio del injusto que consiste en una decisión en contra del bien jurídico.
Dayanna Caropresshas quoted2 hours ago
A. EL DERECHO PENAL COMO PODER PUNITIVO
Es la capacidad que tiene el Estado de configurar como delitos determinados comportamientos y de imponerles una pena o una medida de seguridad.
Dayanna Caropresshas quoted2 hours ago
por una parte, por el delito, entendido como una conducta lesiva de bienes jurídicos, y, por otra, por la pena, entendida como la restricción o privación de derechos a que se somete al delincuente.
Dayanna Caropresshas quoted2 hours ago
El derecho penal es una parte del ordenamiento jurídico que regula dos instituciones: una conducta humana, el delito, y una consecuencia jurídica, la pena.
Grace Muñozhas quoted2 months ago
REALIZACIÓN DE LAS GARANTÍAS PENALES
Grace Muñozhas quoted2 months ago
los bienes jurídicos que no son fundamentales pueden protegerse a través de otros mecanismos jurídicos o extrajurídicos. Esta característica se conoce como subsidiaridad del derecho penal y se explica por los altos niveles de violencia implícitos en el poder punitivo
Grace Muñozhas quoted3 months ago
Las funciones legitimadoras que cumple el derecho penal son dos: evitar la comisión de delitos y realizar las garantías que amparan a los sujetos activos de ellos.
Grace Muñozhas quoted3 months ago
principios de humanidad, igualdad, legalidad, lesividad, culpabilidad y proporcionalidad; principios cuyo reconocimiento y eficacia le dan también un sentido al ejercicio del derecho penal.
Grace Muñozhas quoted3 months ago
Los tres sentidos diferentes en que se puede comprender el derecho penal remiten, entonces, al poder político, al derecho positivo y a la dogmática.