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César Fernández Fernández

Derecho de sucesiones

  • Terumyhas quoted7 months ago
    En la resolución que declara la muerte presunta, se indicará la fecha probable y, de ser posible, el lugar de la muerte del desaparecido. Es importante señalar también no solo el año, mes y día; sino, además, el momento en que aconteció, de ser posible.
  • Terumyhas quoted7 months ago
    Queda descalificada su vocación e imposibilitado para suceder, pero no priva a los descendientes más próximos del culpable, quienes podrán recibir la cuota hereditaria que pudo corresponder al indigno mediante la representación sucesoria.
  • Terumyhas quoted7 months ago
    Con el derecho de personas: el nacimiento, la capacidad, el domicilio, la ausencia y la muerte.
    Con el derecho de familia: la relación consanguínea directa ascendente, descendente o colateral, matrimonio y adopción.
    Con los derechos reales: la propiedad y la posesión, porque la sucesión constituye uno de los modos de adquisición de los derechos patrimoniales.
    Con el derecho de obligaciones, porque las obligaciones insolutas del causante son trasmisibles por herencia.
    Con la caducidad y la prescripción.
    Con el acto jurídico, pues sus normas están presentes en el testamento.
    Con los contratos; por ejemplo, la donación dada como anticipo de legítima.
    Con el derecho internacional privado, en caso de conflicto de leyes internacionales, cuando resulta menester determinar cuál es la legislación aplicable en un caso dado.
  • Terumyhas quoted7 months ago
    . Si el heredero rechazase la herencia, la trasmisión no resulta afectada; será para el siguiente, conforme al orden sucesorio. Siempre habrá un sucesor y, en último término, será el Estado a través de sus instituciones públicas.
  • Terumyhas quoted7 months ago
    a muerte del causante no constituye un acto jurídico, sino un «hecho jurídico»
  • Terumyhas quoted7 months ago
    pero esta trasmisión de la herencia es «provisional» porque solo será definitiva cuando el «llamado» a heredar «la acepte dado que a nadie se le impone contra su voluntad»
  • Terumyhas quoted7 months ago
    El conjunto de bienes, derechos y obligaciones que constituyen la herencia es lo que se llama «herencia bruta» y la integra un activo, constituido por los bienes y derechos de naturaleza patrimonial, y un pasivo, conformado por las obligaciones, es decir las cargas y las deudas.

    La herencia neta o líquida es la que resulta de deducir de la herencia bruta el valor de todas las obligaciones y, después de realizado, recién se está en situación de establecer el valor de la legítima y el de la cuota de libre disposición
  • Terumyhas quoted7 months ago
    La correcta denominación de heredero o de legatario en un caso concreto importa mucho por sus efectos jurídicos:

    a) El heredero goza del derecho de acrecer como regla; mientras que el legatario, solo en el caso de excepción que señala el artículo 775.

    b) El heredero goza del derecho de colación; el legatario, nunca.

    c) El heredero goza del derecho de representación sucesoria; el legatario, nunca.

    d) El heredero es titular de toda la herencia; el legatario, solo de un derecho particular.

    e) El heredero responde por las obligaciones de la herencia; el legatario no, salvo disposición contraria del testador.
  • Terumyhas quoted7 months ago
    sucesores que heredan por cabezas
  • Terumyhas quoted7 months ago
    sucesión por cabezas y sucesión por estirpe
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